Welcome to the State Board of Equalization

Inscríbase para obtener un Permiso o una Licencia (English)

La Directiva de Impuestos sobre Ventas, Usos y Otros (BOE, Board of Equalization) desea que la tarea de hacer negocios en California sea lo más fácil posible. Para obtener un permiso de vendedor o una cuenta de impuesto al uso, puede inscribirse personalmente en una de nuestras oficinas regionales o por medio de correo postal. La BOE también administra varios programas de cuotas e impuestos especiales además de los impuestos a las ventas y al uso del estado.

Para inscribirse en un programa de cuotas o impuesto especial, contáctese con la división apropiada: Impuestos sobre Medio Ambiente, Impuesto al Consumo, Impuesto sobre Combustible.

Usted debe obtener un permiso de vendedor si:

  • Se dedica a hacer negocios en California.
  • Se propone vender o arrendar bienes muebles tangibles que normalmente estarían sujetos al impuesto a las ventas si se los vendiera al por menor (se incluye a los mayoristas, los fabricantes y los minoristas).
  • Se dedicará a las ventas temporalmente, normalmente no más de 30 días en una o más ubicaciones (por ejemplo, puestos de venta de fuegos artificiales, lotes de árboles de navidad, venta de objetos usados en el hogar).

Usted debe obtener una cuenta de impuesto al uso si cumple con todas las siguientes condiciones:

  • Que genere como mínimo $100,000, en sus recibos brutos, por operaciones comerciales por año calendario. Nota: Los recibos brutos comprenden el total de todos los recibos por operaciones comerciales realizadas tanto en el estado como fuera de este.
  • Que no se le exija ser titular de un permiso de vendedor o certificado de inscripción en el impuesto al uso (según la Sección 6226 del Código de Ingresos e Impuestos).
  • Que no sea titular de un permiso de pago directo de impuesto al uso como se describe en la Sección 7051.3 del Código de Ingresos e Impuestos.
  • Que la persona no esté de otra manera inscrita en la BOE para declarar el impuesto al uso.

El requerimiento de obtener un permiso de vendedor o una cuenta de impuesto al uso se aplica a:las personas, las sociedades, las corporaciones, las organizaciones, los esposos como copropietarios, las sociedades de responsabilidad limitada (LLP, Limited Liability Partnership), las empresas de responsabilidad limitada (LLC, Limited Liability Companies)

Si desea hacer una pregunta sobre el proceso de inscripción o acerca de ser "comprador calificado", consulte nuestras Preguntas Frecuentes.

Inscribirse personalmente

Para obtener un permiso de vendedor o una cuenta de impuesto al uso, puede inscribirse personalmente en una de nuestras oficinas regionales . La inscripción usualmente se puede completar en el mismo día y hay ayuda disponible para completar la solicitud. También hay a su disposición paquetes de información especial para negocios específicos.

Inscribirse por correo postal (Las solicitudes están disponibles por Internet)

Desde el sitio Web puede descargar e imprimir los siguientes documentos: BOE 400 SPA, Solicitud de Permiso de Vendedor; BOE-404-A, Inscripción de Impuesto al Uso y BOE-400 CSU, Solicitudes de Cuenta de Impuesto al Uso del Consumidor de California. El permiso de vendedor completado o la solicitud de permiso de impuesto al uso del consumidor se pueden entregar personalmente o enviar por correo a cualquiera de nuestras oficinas regionales.

Los representantes están disponibles para asistirlo y responder a sus preguntas sobre el permiso de lunes a viernes (excepto días festivos del estado), de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Dentro de las 24 horas, se le enviará un paquete de inscripción. Por lo general, recibirá su permiso aproximadamente a las dos semanas de haber recibido su solicitud completada. Las solicitudes incompletas pueden demorar el proceso.

Desde teléfonos TDD: 800-735-2929
Desde teléfonos de voz: 800-735-2922

Las personas o los negocios que son "compradores calificados" pueden enviar sus solicitudes por correo a la oficina regional BOE local.

Las personas o negocios que ordinariamente incurren en obligaciones de impuesto al uso y a quienes no se les exige tener un permiso de vendedor o una cuenta de impuesto al uso pueden arreglar para recibir las declaraciones de Impuesto al Uso del Consumidor al completar una solicitud para obtener una Cuenta de Impuesto al Uso del Consumidor - BOE-400-CSU.

Las personas o negocios que no tienen un local comercial dentro del estado, pero voluntariamente o por ley cobran impuesto a las ventas dentro de California o los negocios con personal de venta que no tiene una dirección de negocio fija pueden solicitar un Certificado de Inscripción - Impuesto al Uso - BOE-400-CSC.

Se dispone de información adicional sobre normas impositivas para negocios específicos, tipos de ventas o cargos asociados a las ventas para numerosos negocios. También se encuentran disponibles las normas relativas al impuesto a las ventas y al uso.